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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Abril de 2012 10:45 2012-04-23 10:45 desde IP: 189.200.114.215
Le responderé con otra pregunta....la ley de condominios e inmuebles del DF capítulo 23 fracción VIII, lseñala que SOLO COMETEN dicha infraccion quienes tengan perros grandes y en superficies menores a 220 m2????
No verdad...???? Entonces si dice PROHIBIDO EL PASO por ejemplo.... esta prohibido.... y tan tan.. no le busque tres pies al gato, nada de que... aa pero no dice prohibido para quienes circulan en bicicleta y como vengo en bicicleta puedo trancitar.. NO SEÑORA dice prohibido y tan tan.
Ahora que si pese a lo que se le dijo no quiere hacer caso.. alla usted... no puedo entender a las personas que entrar al foro NO A PEDIR ASESORIA sino a escuchar lo que ellas quieren escuchar...
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