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  • Consulta : 147692
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 263267

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Le responderé con otra pregunta....la ley de condominios e inmuebles del DF capítulo 23 fracción VIII, lseñala que SOLO COMETEN dicha infraccion quienes tengan perros grandes y en superficies menores a 220 m2????

     

    No verdad...????  Entonces si dice PROHIBIDO EL PASO por ejemplo.... esta prohibido.... y tan tan.. no le busque tres pies al gato, nada de que... aa pero no dice prohibido para quienes circulan en bicicleta y como vengo en bicicleta puedo trancitar.. NO SEÑORA dice prohibido y tan tan.

    Ahora que si pese a lo que se le dijo no quiere hacer caso.. alla usted... no puedo entender a las personas que entrar al foro NO A PEDIR ASESORIA sino a escuchar lo que ellas quieren escuchar...