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  • Consulta : 147598
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 263010

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    SEÑORA CLARA MARIA

    Asistase de abogado de su confianza para demandar la rescision del contrato de arrendamiento, el pago de las rentas adeudadas y las que se sigan generando durante la tramitacion del juicio, asi como la desocupacion y entrega del inmueble.

    No se preocupe ni se deje intimidar; NO le pueden quitar  el inmueble, dado que la posesion que ellos tienen es derivada de un contratro de arrendamiento, por lo que no opera la usucapion.

    ¿Tiene fiador el inquilino?

    Saludos.