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  • Consulta : 147329
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 262753

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    emmanuel_gg_NR

    Para que usted pueda disponer del departamento para rentarlo a diversa persona, por principio el Arrendatario o Fiador le deben de hacer entrega del inmueble.

    Le sugiero que hable con la Fiadora y propongale  firme un convenio donde se de por terminado el contrato de arrendamiento y en se acto le hace entrega a usted del departamento totalmente vacio, si esta accede asistase de abogado de su confianza para la redaccion del convenio, en cuanto a los adeudos considere el hecho de condonarlos, de esto ultimo, valore usted el hecho de que de demandar a la Fiadora el pago de las rentas, le implica a usted gastos de Honorarios de Abogado y el tiempo de tramitacion de un juicio, analice costo-beneficio.

    Saludos.