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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Abril de 2012 15:28 2012-04-19 15:28 desde IP: 189.228.60.228
Los hijos de los hijos ya muertos, es decir los nietos de tus abuelos, pueden apersonarse al Intestamentario para reclamar la herencia que les correspondia a sus padres, o si ya se hizo la declaratoria de Herederos, deben de ejercitar la Acción de Petición de Herencia.
Pero los nietos también tienen derecho a la masa hereditaria.
Si eran 4 hermanos y solo vive uno, se debe de repartir la herencia en cuatro partes y darle una parte a los hijos de cada hermano muerto, y al hermano que vive le corresponderá una cuarta parte de la herencia.
Saludos
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