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AutorRespuesta No: 262697
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Abril de 2012 15:24 2012-04-19 15:24 desde IP: 201.141.254.178
gustavo.obregon_NR
Antes de escriturar el inmueble, se debian tramitar los juicios sucesorios de sus finados abuelos, llamando a juicio a quienes consideraban tener derecho a heredar y una vez que acreditaran el entronciamiento con los autores de la sucesion, fuesen declarados herederos y de comun acuerdo y/o por mayoria nombraran un ALBACEA, de igual manera con los finados hijos, para que los Albaceas de las suscesiones de estos se apersonaran al juicio sucesorio de los abuelos y este se llevara hasta la seccion del particion y adjudicacion, todo lo anterior es el procedimento legal.
Saludos.
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