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  • Consulta : 146593
  • Autor : TANGO210
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  • Autor
    Respuesta No: 262309

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Adicionalmete comento que el averiguación previa es decir en las 48 hrs ante el ministerio público no hay duplicidad de término, solo en el plazo de término constitucional ante el Juz del conocimiento.

    Tambien es erroneo que el Juez tenga 72 horas para consignar, pues ya cuando se esta ante el Juez es porque ya consignó el mp.Saludos