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  • Consulta : 146557
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 262277

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pos no... aun cuando fuera su chin...  madre la demandada.... si hay una suplencia de error de dedo... del actuario... ese es problema del actuario... no del secretario... y la queja se impondra en su momento y ante quien deba conocer de la misma... pero la autoridad  del acto de ejecuciòn... no puede andar  sustituyendo los errores... ni de su personal ... nji de las partes....

    eso creo que lo tienes muy cirr ochoia... o no?