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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Abril de 2012 15:04 2012-04-13 15:04 desde IP: 189.228.87.27
Debe de ver cual es la situación que guardan sus respectivas causas penales. Ya que al momento de que se dicta auto de formal prisión se suspenden las prerrogativas civiles, entre ellas el poder votar. Por lo que en el IFE reciben copia de ese auto de formal prisión en donde se ordena la suspensión de los derechos. Ahora bien, cuando en un proceso quedas en libertad bajo caución (o como mucha gente le dice: fianza) el proceso continua, por lo que hay que ver en que termino el asunto del incumplimiento de las obligaciones alimentarias y también en que quedó lo de las lesiones.
El Juez del proceso es el que debe de enviar oficio al IFE, no el Director del CERESO, asi que asesorense con el abogado de su confianza, Saludos
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