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  • Consulta : 146298
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 261969

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    Por supuesto que se puede, recuerda que siempre te vas a basar a la legislación del lugar donde te encuentres.

    Ejemplo: Si te casas en Yucatan y te Divorcias en el D.F. debe de ser por divorcio Incausado, porque en el df no existen causas para el Divorcio, solo hay que pedirlo.

    Por lo contrario si te casa en el D.F. y te divorcias en Yucatan, debe de ser bajo la legislación civil de Yucatan, asi que se tendrá que señalar causa de divorcio en el caso de ser de tipo Necesario. Y así es en todo lo concerniente a los aspectos legales. Saludos