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  • Consulta : 145766
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 261477

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    En caso de que fuera factible una demanda, sería ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y no ante la Junta FEderal, ahora bien los trabajadores contratados mediante el esquema de Guardias, Suplencias y Percepción son asimilados a los Trabajadores de Honorarios, asi que no generas derechos laborales ante el Instituto, pues ni siquiera tienes derecho al servicio médico del ISSSTE, ni a pago de Aguinaldo, vacaciones, y bueno hasta hace unos 10 años no les permitian ni pasar al comedor a tomar alimentos a este tipo de personal, además de que te pagan cuando se les antoja.

    Poder iniciar una demanda, claro que puedes, que prospere....hasta la fecha no hay un solo caso en donde haya ganado el trabajador de este tipo, aunque las demandas han sido innumerables. Ahora como es posible que digas que firmabas como limpieza si el personal de limpieza no es contratado por el ISSSTE sino que son servicos prestados por una Compañia de limpieza independiente al Instituto, a diferencia de los Camilleros y de otro tipo de personal, incluyendo enfermería y Medicos, que son contratados bajo el Régimen de Guardias, suplencias y percepción. Saludos