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AutorRespuesta No: 261395
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Abril de 2012 12:42 2012-04-10 12:42 desde IP: 187.175.109.101
Actualizo, la Ley no es muy clara para este tipo de cuestionamientos, pero según mi apreciación, si el asegurado se encuentra dentro de lo declarado como renta vitalicia y/o seguro de supervivencia qe contratare con la Aseguradora respectiva, y se rehabilita (es decir, atráves de diagnóstico médico se le determina apto para contraer una nueva relación laboral y desarrollar actividades acordes), la pensión por incapacidad permanente parcial se suspenderá. (segun la ley del IMSS)esto si desea afiliarse nuevamente al IMSS como trabajador ordinario. en mi humilde opinion considero que te sometas a los estudios correspondientes para que te dereminen apto y no te afecte tu salud en lo posterior, o bien realiza actividades lícitas que no necesariamente tengan qeu afiliarte al imss y correr el riesgo.
talvez mi apreciación es algo carente de más información, esperemos a que un compañero más acertado nos dé una respuesta más precisa.
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