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  • Consulta : 145551
  • Autor : Abogadojos
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  • Autor
    Respuesta No: 261763

  • Abogadojos
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    COn esa tesis y sin exhibir, copias certificadas de la escritura publica, logre el lanzamiento, ademas de que no llame a los colindantes como lo precisa el articulo 500 CPCP en comento dentro de mi consulta. Sin embargo en esta ocacion le pedi asesoria al secretario de acuerdos del Juzgado que conoce el asunto y me dijo que es necesario, anezar copia certificada de la escritura publica, proporcionar los datos de los colindantes y citarlo para que esten presentes en la diligencia de lanzamiento. Es por eso que lo consulto con los abogados de Mexicolegal.