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AutorRespuesta No: 261308
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Abril de 2012 18:23 2012-04-09 18:23 desde IP: 201.153.227.167
Distinguida Consultante
El juicio de garantías procedente es el biintancial:
En contra de la resolución de fecha xx de xx del 2012, dictado dentro de la audiencia de Conciliación, Demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas por la H. JUNTA xxxxxx, por cual se declara improcedente el mismo
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