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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Abril de 2012 18:51 2012-04-06 18:51 desde IP: 187.194.7.197
el derecho penal no es a instancia de parte... esto quiere decir que el miinisterio publico... no tieen porque tomar en consideraciòn tus afirmaciones....
como menciona velazquez... no puedes compelir TU... y menos el mp... a que el probable responsable... se declare culpable... o rinda su declaraciòn... o se presente cuando tu quieras.... esa no es su funciòn....
tu debes hacer saber de la existencia del delito... y demostrar que te agravia... y hasta ahi.... el mp... debe entrar al estudio de los elementos de la causa panela... y... si considera puntos oscuros... hacer la investigaciòn.... completar la averiguaciòn.... y determianr... el ejerciocio o NO de la acciòn penal.... y hasta ahi...
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