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  • Consulta : 145206
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 260986

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el derecho penal no es a instancia de parte... esto quiere decir que el miinisterio publico... no tieen porque tomar  en consideraciòn tus afirmaciones....

    como menciona velazquez... no puedes compelir TU... y menos el mp... a que el probable responsable...  se declare culpable... o rinda su declaraciòn... o se presente cuando tu quieras.... esa no es su funciòn....

    tu debes hacer saber de la existencia del delito... y demostrar  que te agravia... y hasta ahi.... el mp... debe entrar al estudio de los elementos de la causa panela... y... si considera puntos oscuros... hacer la investigaciòn.... completar la averiguaciòn.... y determianr... el ejerciocio o NO de la acciòn penal.... y hasta ahi...