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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Abril de 2012 17:17 2012-04-07 17:17 desde IP: 187.135.141.28
Sergio1987 al parecer tienes razon, si adquirio el inmueble con un embargo, luego entonces no debe tenr escritura publica, solo contarto de compraventa, con lo cual es improcedente cualquiera de las vias que se proponen, la terceria o el amparo.
Sin embargo existe aun una manera de rescatar la propiedad pero eso ya es cosa de lic emmanuel. Saludos
w w w . juridicovaldes . c o m . mx
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