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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Abril de 2012 12:38 2012-04-07 12:38 desde IP: 200.95.163.62
Creo que hay algo que todos los foristas pasaron por alto, y esto es que según el mismo consultante manifestó que la supuesta perjudicada adquirió en el año 2008, lo que quiere decir que adquirió el bien cuando ya estaba embargado, lo que convierte la venta en una venta nula, y en todo caso el embargo debe estar inscrito en el registro publico de la propiedad, por lo que no creo que cuente con los documentos idóneos para acreditar el onterés en la terceria y menos en el amparo.
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