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AutorRespuesta No: 289331
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Octubre de 2012 13:02 2012-10-21 13:02 desde IP: 201.141.135.110
Sixteen ! Cómo se te ocurre decir que llene el pagaré!!!!!! En efecto se puede llenar antes de su presentación, pero en cuanto a cuestiones básicas! No intereses ya que esto no se pacta de forma unilateral! En caso de hacerlo si se comprueba te puedes encuadrar en fraude ya que pretendes obtener una ganancia de forma ilícita!!!! Noooo! Para esos casos existe el interés legal! Busca jurisprudencia y NUNCA se te ocurra alterar documentos, recuerda que aún en juicios civiles te pueden interponer incidente criminal! Checa el 483 del código de procedimientos penales! Cuida tu asesoría en ese sentido ya que desafortunadamente habla muy mal de tu calidad de profesionista! Una cosa es como darle la vuelta al asunto usando la ley jurisprudencia y tu ingenio y otra muy distinta es el hecho de mentir, falsear y alterar documentos, ya esto es ilegal y no solo vas a meter a tu cliente en problemas, tu también puedes acabar inmiscuida en un delito e incluso perder tu cédula! Ojo!
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