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AutorRespuesta No: 260746
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Abril de 2012 08:53 2012-04-05 08:53 desde IP: 201.151.164.43
si pasan mas de tres años de la fecha de vencimiento, ya no es cobrable en la via ejecutiva, pero te queda aún la via ordinaria mercantil, esta prescribe en 10 años
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