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  • Consulta : 145056
  • Autor : JCARLOS76
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  • Autor
    Respuesta No: 260685

  • JCARLOS76
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    además hay que recordar que el documento ejecutivo tiene valor probatorio pleno, esto es que la obligada a probar que no es su firma, en su caso, es la demandada, que sea ella quien ofrezca la prueba y tu solo estar al pendiente del cuestionario que se le formulará al perito para que puedas ampliarlo a tu conveniencia y ala vez proporcionar perito de tu parte.

    En el tribunal le obligarán a firmar de las dos formas,  como se establece en  el pagare y como firma en su credencial de elector..