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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Abril de 2012 14:34 2012-04-04 14:34 desde IP: 189.146.80.178
Estimada consultante Laurazupa:
Antes que nada quiero mencionar que la aportacion del abogado es excelente ya que fundamenta muy bien su dicho.
En mi particular punto de vista siempre le recomiendo a mis clientes primeramente demandar por la via civil la pension alimenticia para los menores hijos ya que considero que es un asunto que debe conocer el juez de lo familiar, una vez teniendo la sentencia a su favor y en caso de incumplimiento de dicha resolucion judicial es cuando se procederia a su denuncia penal por abandono de personas, yo le recomendaria llevar asi su asunto no sin antes manifestarle que la aportacion del abogando anterior tambien es una opcion viable.
Le dejo mis numeros por si desea aclarar dudas
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