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  • Consulta : 144957
  • Autor : FAUSTO LUNA
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  • Autor
    Respuesta No: 260605

  • FAUSTO LUNA
    NO REGISTRADO

    Por derecho te corresponde la guarda y custodia ya ke ejerces la patria potestad de tu hija, y en realidad si no hay disposicion expresa de un juez que hayas perdido la ptria potestad pueds tener a la menor, ahora bien debes tener muy en consideracion el cuidado que le debes de dar a la menor, asi que analizalo antes de actuar porque si no la puedes tener a tu cuidado sale sobrando todo lo que pueda hacer si no la vas a tener a tu lado.