- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 144939
- Autor : LICMORALES
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 135
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 260590
-
Fecha de respuesta: Martes 03 de Abril de 2012 23:33 2012-04-03 23:33 desde IP: 189.200.209.3
Estimado amigo.
Pues antes que nada necesitas contratar a un abogado, por la razon de que tienes que hacer el tramite ante el juzgado de civil de localidad, para que el juez haga la declaracion de ausencia y la presunciòn de muerte, con la resoluciòn qu emita el Juez entonces podras ir con el oficial del registro civil y te expedirà el Acta de defunciòn.
LIC. SALVADOR HERNANDEZ MORALES
-
Autor





