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AutorRespuesta No: 260485
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Abril de 2012 08:50 2012-04-03 08:50 desde IP: 187.176.55.250
Estimado consultante en respuesta a sus preguntas, le comento que no se configura el delito de homicidio culposo (imprudencial como usted le llama) ya que como bien lo dice la sra. administradora; ella contrato al sr. para realizar un trabajo y en todo momento la responsabilidad en la que ella cayó fue al violar la ley federal del trabajo, por no otorgarle el equipo y medidas de seguridad para el desempeño de sus labores.
Ya la familia del fallecido (claro si es que la tiene) tendrá que encargarse de iniciar una demanda por la vía laboral para que se le dé una indemnización por fallecimiento, así como el pago por gastos funerarios y demás prestaciones que en un momento le adeudara.
Y el agente del m.p. es la "representación social encargada de investigar la verdad de los hechos", éste es quien determinara si la sra. tiene o no responsabilidad penal. Pero desde mi punto de vista no existe delito.
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