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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Abril de 2012 23:52 2012-04-02 23:52 desde IP: 201.145.156.86
HOLA
ES CLARO QUE NO PODRAS EJERCER LA ACCION , AUQUE EL DOCUMENTO TE SIRVA DE ACCION,
POR QUE CARECES DE LEGETIMACION ACTIVA.
LEGITIMACION ACTIVA. EN QUE CONSISTE.
Por legitimación procesal activa se entiende la potestad legal para acudir al órgano jurisdiccional con la petición de que se inicie un juicio y ésta procede cuando el derecho que se cuestione se ejercita por quien tiene aptitud de hacerlo, por lo que si los actos reclamados pudieran afectar a los integrantes de una sociedad, tal afectación es indirecta y por ende no tienen legitimación procesal activa para impugnar, son actos por su propio derecho, toda vez que quien directamente sufre las consecuencias de los mismos es la sociedad y por consiguiente es la única capacitada para impugnarlos en el juicio de amparo.
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