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  • Consulta : 144244
  • Autor : Abogadodelacruz
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  • Autor
    Respuesta No: 259992

  • Abogadodelacruz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Si los Alimentos son de orden público, es decir estos son obligatorios, con el entendido de que no importa que no veas a tus hijos eso no te exime del pago de los alimentos, por otro lado el que tenga la custodios de los hijos no quiere decir que pueda prohibirte que te alejes de ellos y no los veas pues también tienes derecho a un régimen de visitas