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AutorRespuesta No: 259911
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Marzo de 2012 18:10 2012-03-28 18:10 desde IP: 187.161.150.167
abogado alex:
Con todo respeto y sin el menor animo de ofenderle, me permito comentarle que su acotación no es acertada, según la nueva Ley del ISSSTE, ya no es posible recuperar las aportaciones efectuadas al Fondo de Pensiones, este procedimiento anteriormente llamado “Indemnización Global” desapareció con la nueva Ley.
Socorro Diaz:
Recuperar sus aportaciones no será posible, como ya se lo mencione al abogado alex en el párrafo anterior, pero lo que si puede es intentar conseguir una pensión por cesantía en edad avanzada (en el supuesto que tenga 62 o más años de edad), según lo previsto en la fracción I del Artículo Décimo Transitorio de la Ley referenciada que sobre el particular dice:
c) Los Trabajadores que se separen voluntariamente del servicio o que queden privados de trabajo después de los sesenta años de edad y que hayan cotizado por un mínimo de diez años al Instituto, tendrán derecho a una Pensión de cesantía en edad avanzada, equivalente a un porcentaje del promedio del Sueldo Básico de su último año de servicio.
Para efectuar este trámite será necesario solicite a la Institución donde presto sus servicios le elaboren su Hoja Única de Servicios con fecha actualizada y copia certificada de su Baja Oficial, también será necesario presente su último talón de pago como trabajadora en Activo y si por X cosa no lo tiene, aproveche y solicite también una constancia del mismo.
Para mayor certeza sobre la documentación requerida, es conveniente que primero acuda al Departamento de Pensiones y Jubilaciones de la Delegación del ISSSTE y solicite la información pertinente a su caso.
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