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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Marzo de 2012 11:05 2012-03-28 11:05 desde IP: 201.141.22.216
No existe la "herencia en vida", eso es una leyenda urbana. Si en la notaría le están informando que se requieren 500 metros cuadrados para porder subdividir, soliciíteles que le fundamenten su dicho. Por tratarse de un bien inmueble, cualquier transferencia de dominio debe hacerse en escritura pública, por lo que lo que la dueña sí puede hacer, es una donación en favor de las dos personas que desea, pero será en copropiedad o en condominio, el notario le dirá los impuestos que debe cubrir que son menores a los que genera una compraventa, pero nunca heredar en vida que es una aberración antijurídica.
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