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  • Consulta : 143788
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 259672

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si adquirío un departamento en segunda planta, ésto implica que es propiedad en condominio y no puede construir nada, incluso de hacerlo puede poner en riesgo la esrructura y le demandán por obra peligrosa. La azotea es un área de uso común,inlcuso se encuentran el tinato, tanque da gas, antena, etc., de su vecino de bajo y no le puede prohibir el acceso. Aunque aparece registra en Aguascaliene, este es el Estado que la página asigna automáticamente, pero le envío lo que señala el Código Civil del Estado de México, en su estado encontrará lo mismo.

    Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México

     

    Acción de obra nueva

    Artículo 2.19.- Al poseedor de inmueble o derecho real sobre él, compete la acción para suspender la conclusión de una obra perjudicial a sus posesiones, su demolición o modificación, en su caso, y la restitución de las cosas al estado anterior a la obra nueva. Compete también al vecino del lugar, cuando la obra nueva se construye en bienes de uso común.

     

    Legitimación pasiva en la acción de obra nueva

    Artículo 2.20.- La acción de obra nueva se da contra quien mandó construir, sea poseedor o detentador del bien donde se construye.

     

    Concepto de obra nueva

    Artículo 2.21.- Para los efectos de esta acción, por obra nueva se entiende no sólo la construcción de nueva planta, sino también la que se realiza sobre el edificio antiguo añadiéndole, quitándole o dándole una forma distinta.