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  • Consulta : 143407
  • Autor : gggggtttttvvvvvi
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  • Autor
    Respuesta No: 259463

  • gggggtttttvvvvvi
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    claro que no es lo mismo desistirte de la demanda que de la acción pues si te desistes de la demanda antes de notificar, quedan a salvo tus derechos para volver a instar la estancia, y si te desistes de la acción renuncias al derecho a volver a ejercitar en este caso a cobrar.