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  • Consulta : 143246
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 259634

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Por lo que se concluye, que aunque es cierto que se puede denunciar el delito de bigamia, para ejercitar la acción penal en el caso de la bigamia. EN ESTE CASO EN PARTICULAR, ya no procede, por estar prescrita u caducada, la posibilidad de ejercitar la acción penal, por el transcurso del tiempo desde la comisión del delito, que es instantáneo.