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  • Consulta : 143246
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Perdon sergio.. no digo que usted me haya ofendido.. lo que pasa es que acabo de pasar por un inmcidente poco convencional en donde por querer explicar a un colega desde una optica diferente a la que posee, se limito a lanzar descalificativos.. y supuse que pasaría lo mismo con usted a lo que ruego una disculpa porque lo estaba etiquetando sin tener el gusto de compartir con usted un foro previo.

    Bien con lo anterior señalo.

    Como soy sabedor que cada Estado del pais tiene su propio codigo penal, sería yo irresponsable asegurar a ciencia cierta si en Nuevo Leon que es de donde nos escribe la usuario segun su IP el delito de bigamia se persiga de oficio o no. Como no lo se insisto.. no voy a afirmar nada y quedo en atención perpetua a que un colega (Tuasesorlegal.mty o algun otro) de alla nos pueda clarificar ello.

    En lo que responden podré aplicar la norma general.... Un delito que se persigue de oficio es aquel en el cual el ministerio publico tiene la obligación de perseguirlos, aun en contra de la voluntad del ofendido, sin que opere el perdón de la victima, en atención del bien juridicamente tutelado por el Estado y el impacto social que representan. Hablamos de un homicidio, infanticidio, robo, secuestro, violacion, violaciones a las via grales de comunicacion, etc etc... esto es, basta con que cualquier persona comparezca ante el MP y denuncie los hechos para que el MP investigue los mismos.

    En cambio, los delitos que se persiguen a isntancia de parte requieren forzosamente de la denuncia ante el MP del ofendido para que el MP se aboque a la investigacion de los hechos. Asi esta por ejemplo, las injurias, las lesiones que no representen un peligro a la vida y tarden menos de 15 dias en sanar, difamación (para aquellos estados que aun la contemplan) etc.

    Sabedores de lo anterior yo pregunto... puedo acudir yo ante el MP a denunciar que a lado de mi casa tienen secuestrada a una persona? La respuesta es SI y sería de OFICIO. Pero ... podría ir yo a denunciar que mi vecino se encuentra casado con margarita peña y a su vez con martha paramo? ... La respuesta es un NO salvo que algun colega de la entidad opine lo contrario. No porque no se afecta el interes general del Estado sino simplemente los sujetos pasivos del delito estan perfectamente determinados que son la primera y la segunda esposa en el caso que esta ultima desconociere de su primer matrimonio. y ya.

    Estoy en cursos por lo que no puedo hacerlo ahora pero me comprometo con usted sergio a llamar directamente ante el MP de Nuevo Leon y preguntar esto... BIGAMIA en Nuevo Leon es de oficio o a instancia de parte... y se lo comunicare con gusto una vez que tenga el resultado. Me anticipo a decir por sentido comun que es INSTANCIA DE PARTE o por querella ... sin embargo e insisto dado que cada Estado es libre y soberano podría ser que en Nuevo Leon sea por Oficio pero... por ello no lo descarto aunque me parese muy muy poco probable.

    En cuanto tenga el dato se lo participo y le hare saber el nombre telefono y cargo del MP o Jefe de Zona que me atiende para que si usted gusta corroborarlo lo pueda hacer.

    Mire usted... este tipo de debate me parece altamente sano.. pues motiva a la investigación y reconozco que NO SE si en Nuevo Leon el delito de bigamia sea de oficio... lo que me moverá a investigar y a participarle este dato.. dato que seguramente habrá de servirnos a los 2 y a algunos otros mas que puedan estar siguiendo esta consulta.

    Me despido con ese pendiente y el miercoles que este de regreso en mi oficina, haré lo propio... por lo pronto le envio saludos cordiales.