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  • Consulta : 143241
  • Autor : law and rp
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  • Autor
    Respuesta No: 259132

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primer que nada lo recomendable es que consulte a su Abogado de confianza, hecho l oanterior el consejo sería promover medios preparatorios a juicio al efecto de que dichas personas declaren ante la presencia judicial la calidad con la que ostentan la posesión del inmueble, hecho lo anterior deberá promover el juicio correspondiente en razón a la declaración que rindan los posesionarios en la vía ordinaria civil.