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  • Consulta : 142992
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 258919

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El avalúo normalmente lo paga el comprador, a no ser que entre Ustedes se haya convenido de esa forma.

    El único impuesto que debías pagar era el I. S. R, siempre y cuando no lo hubieras podido exentar.

    Se exenta cuando es tu casa habitación y lo puedes comprobar con recibos telefónicos, de luz, estados de cuenta bancarios, etc. todos éstos a tu nombre.

    De igual forma, si durante los últimos 5 años no haz realizado una operación de compraventa de inmuebles.

    Si se hizo el pago del I. S. R. te debieron expedir la cadena donde se acredita que se enteró dicho impuesto a la Secretaría de Hacienda.

    En tal sentido, al parecer en la Notaria te está tomando el pelo y te cobraron algo de más.

    Trata de hablar con el Titular de la Notaria directamente o en su defecto, acude al Colegio de Notarios de tu Entidad.

    Suerte!