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AutorRespuesta No: 258743
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Marzo de 2012 09:35 2012-03-20 09:35 desde IP: 201.141.47.145
El bullying no está regulado como tal, pero si como resultado de la violencia, agresión física o psicológica resultan daños a la persona o lesiones físicas, se configura el delito de lesiones o daño moral, lo que puede dar lugar a acciones penales, siempre que se pueda demostrar que dichas lesiones fueron consecuencia del bullying que sufrió la persona. Si es menor de edad será sujeto a las penas establecidas en la legislación en materia de menores infractores.
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