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  • Consulta : 142715
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 259121

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    No puede apelar nada, los amparos que en su momento de interpusieron ante este perjuicio de la Ley contra los servidores activos, no fueron procedentes, por lo tanto tiene usted que acogerse a lo que dicta la nueva Ley del ISSSTE.