Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 142320
  • Autor : TANGO210
  • Consultas en Foro: 15
  • Respuestas en Foro: 1327
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5573
  • : 50 %
  • : 50 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 258452

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Cuando se hacen los tramites del credito se llena y se firma un documento en donde se designa un beneficiario, si su esposo la designo a usted y el falleciera, usted se convertiria en propietaria al 100% de esa casa y ya no tendría que pagar un solo centavo.

    Si no la designo a usted como beneficiaria, usted sería propietaria del 50% de esa propiedad y de igual forma el adeudo se libera y no paga ya nada. Saludos