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  • Consulta : 142243
  • Autor : cerillo wmw
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  • Autor
    Respuesta No: 258363

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    HOLA

    EL DUEÑO DE LA CAMIONETA O SU LEGITIMO REPRESENTATE DEBE DE INTERPONER UN PROCESO ESPECIAL DENOMINADO TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO A FIN DE DESTRABAR EL EMBARGO 

    CITO EN APOYO A LO ANTERIOR :

     

    TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO.

    De conformidad con lo que dispone el artículo 976 de la Ley Federal del Trabajo, para que prospere una tercería excluyente de dominio, el opositor debe probar plenamente que es titular del derecho de propiedad del bien embargado en un juicio preexistente, pues lo que se controvierte en tal tercería es la propiedad y no la posesión.

    CON RESPECTO A LA DEMANDA QUE FUE INTERPUESTA EN SU CONTRA DEBE DE CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN LIC E, DERECHO A FIN DE OPONER LAS DEFENSAS Y EXCEPCIONES QUE MARCA LA LGTOC

    SALUDOS