Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 142144
  • Autor : anskarius
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 678
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 258263

  • anskarius
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    la empresa no puede obligarte a firmar tu renuncia, pues esto haria que no te finiquiteen de acuerdo a derecho, mejor deja que ellos no te dejen entrar a laborar y haciendote esto tu empresa puedes demandar ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje o en la Procuraduria del Trabajo, ahi es donde puedes argumentar el horario que tenias y solicitar se te pague las demas horas extras y tu finiquito, ademas lo correspondiente a vacaciones, aguinaldo, prima vacacional, y posteriormente el reparto de utilidades, es importante saber si tenias o no IMSS si no tenias le ira peor.

     

    Ley Federal de Trabajo.

     

    Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete

    horas y media la mixta