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  • Consulta : 142131
  • Autor : Cristalito
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  • Autor
    Respuesta No: 258255

  • Cristalito
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Artículo 16(constitucional) Nadie puede ser molestado en su persona, fa milia, domicilio, papeles o posesiones, sino
    en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del
    procedimiento. (sic)

    puede ampararse en contra de ese acto por demás ilegal.... obien demandar por abuso de autoridad,,, a menos que de por medio hubiere una orden de cateo. esto tendría que demostrarse con la orden librada por un Juez competente.