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AutorRespuesta No: 258245
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2012 12:02 2012-03-15 12:02 desde IP: 189.228.181.94
En primer término para que la dueña del departamento le obligue a desocupar y entregar el departamento antes debe convenirlo con su persona o bien demandarle la terminación del contrato, obteniendose una sentencia favorable entonces tendrá por ende que desocupar y entregar el inmueble. A usted le asiste el derecho del tanto, es decir, a ser preferido en primer término para que se le oferte la venta del inmueble, si no fuere así tal situación traería como consecuencia la nulidad de la venta a un tercero.
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