Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 142079
  • Autor : ABOMAU68
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 2423
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 258200

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    dasaher

    Asistanse de abogado de su confianza, para consignar el pago de renta y no incurran ustedes en mora, sera el albacea del finado arrendador quien en todo caso una vez que acredite su caracter ante el Juez quien tendra derecho a recoger los billetes de deposito.

    No opera la prescripcion que sugiere el forista que me antecede, dado que la posesion la tienen ustedes derivada de un contrato de arrendamiento.

    Saludos.