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  • Consulta : 141879
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 258056

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El hecho de que Usted repudie una herencia no encuadra en la figura de fraude de acreedores, sin embargo, sus acreedores sí pueden intervenir en el juicio sucesorio para invalidar ese repudio y reclamar el pago de su adeudo.