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AutorRespuesta No: 258056
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2012 21:56 2012-03-13 21:56 desde IP: 201.141.31.133
El hecho de que Usted repudie una herencia no encuadra en la figura de fraude de acreedores, sin embargo, sus acreedores sí pueden intervenir en el juicio sucesorio para invalidar ese repudio y reclamar el pago de su adeudo.
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