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AutorRespuesta No: 258045
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2012 21:04 2012-03-13 21:04 desde IP: 187.149.97.198
No contra ella, pero si está casada por bienes mancomunados, puede demandar el pago de las pensiones omitidas y solicitar el embargo de la parte de los bienes de la sociedad conyugal, correspondiente al marido, para garantizar la pensión alimenticia y además puede querellarse penalmente, contra el señor por abandono de las obligaciones alimentarias, con respecto a sus acreedores alimentarios, al ponerse voluntariamente, en sitación de insolvencia con el fin de evadir su cumplimiento.
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