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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Marzo de 2012 21:16 2012-03-12 21:16 desde IP: 187.204.182.186
quien te descuenta... tiene un oficio de un juzgado... y ahi vienen los datos... pide una copia y que un abogado inicie el incidente de cancelqción...,para ello tiene que tener el acta de tu hija... su acta de matrimonio y las actas de sus hijos... para demostrar que ya no requiere de tu apoyo... no nomas es decirlo... hay que probarlo...
Casos en los que procede la suspensión o cese de pago de pensión alimenticia.
1.- Cuando el condenado carece de medios para cumplirla.
2.- Cuando el acreedor deja de necesitar alimentos.
3.- Por causa de que el acreedor incurra en injuria, falta o daños graves en agravio del deudor; no funciona en caso de ser madre o padre y el acreedor sea menor de edad.
4.- Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o falta de aplicación al estudio o al trabajo del acreedor.
5.- Cuando el acreedor abandona la casa del deudor.
6.- Cuando el acreedor se case.
7.- Cuando el acreedor tenga hijos.
8.- Cuando el acreedor cumpla la mayoría de edad, trabaje y no estudie.
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