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AutorRespuesta No: 257826
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Marzo de 2012 15:24 2012-03-12 15:24 desde IP: 201.141.199.50
carlosl01_NR
No es necesario volver a promover el intestado del finado hijo.
Lo que se debe hacer en primer lugar es iniciar el respectivo juicio sucesorio del finado conyuge, una vez que sean reconocidos como herederos aquellas personas que acrediten el entroncamiento con el autor de la sucesion, de comun acuerdo o por mayoria nombren un Albacea.
Una vez hecho lo anterior soliciten al al Juez que conocio del juicio sucesorio del finado hijo, proprocionando usted los datos con los que dicho expediente se remitio al archivo se sirva ordenar el oficio al Archivo Judicial, se debe apersonar en este juicio al Albaceadel finado padre, hecho todo lo anterior ya podran ustedes señalar al Juez la Notaria Publica de su eleccion para efectos de la escrituracion del inmueble.
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