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  • Consulta : 141469
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 257785

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... no puedes demandar por bigamnia... es una querella y esa la pone la esposa original... la bigama eres tu...sepas que ste o no casado... la del problema eres tu... esres la segunda...

    2... los alimentos no se pueden negar...no inicies nada... acude al ministerio publico sin denunciar la bigamia e inicia la acción penal de incumplimiento de la obligación de asistencia familiar... para ti y para tu hijo...y pide copia certificada de todo lo actuado... pide que giren su investigación al lugar donde trabajo este tipo... con ello demuestras que si trabaja...que si puede trabajar...

    3... con las copias penales... inicia la acción de divorcio necesario en base a que no te quiere mantener...guarda y custodia de tu hijo ...para ti... perdida de la patria potestad....pago de alimentos... nunca digas que no trabaja... ese es su problema... no tuyo...

    4... como el si puede trabajar... la familia de el no esta obligada en momento alguno am manter a tu hijo... lo que puede pasar es que aparezca la verdadera esposa y le inicie la acción penal ... pero tu ya pediste alimentos... primero en tiempo...primero en derecho...

    5... daño moral... esa payasada... no es viable nunca... aqui la adultera eres tu... y para efectos civiles o penales... no tienes ningún derecho....

    busca un abogadom especialista en derecho familiar... el sabe que hacer... pero no dejes de hacerlo... y ...las deudas son tuyas...no de el... abusada...