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  • Consulta : 141451
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 257636

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Una vez que le notifiquen la demanda inicia el litigio, se debe abrir el juicio a prueba, alegatos y sentencia, para ello ya habrán transcurrido unos diez meses. Una vez firme la sentencia, el actor ofrecerá perito valuador y le notificarán a Usted para que nombre a su perito, si no la nobra el Juez fijará un perito, se pondrá el bien a remate y se publicarán almonedas, ya habrán transcurrido otros seis meses si Usted no promueve, si lo hace podrán ser otros siete meses. El porblema es que el desaolojo lo realizan a las cuatro de la mañana con fuerza pública.