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  • Consulta : 141365
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 257686

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El pago de impuestos es ineludible y si no lo hace puede ir a dar a la carcel por evación de impuestos, por lo que le aconsejo que de inmediato acuda al SAT a notificar el alta de su negocio, La deducción de impuestos depende de el Régimen fiscal en que sea dado de alta, pues no en todos es posible deducir impuestos.

    Por otra parte, le aconsejo que el softwere, que instale en sus máquinas, esté respaldado por una licencia del titular de los derechos de autor, pues de lo contrario, se verá en problemas de Delitos en Materia de Derechos de Autor de competencia Penal Federal.

     "...CÓDIGO PENAL FEDERAL

     Artículo 424.- Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa:...

    III. A quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización correspondiente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor..."