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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Marzo de 2012 11:31 2012-03-08 11:31 desde IP: 189.134.132.210
Distinguido Consultante
Cuando se apertura la cuenta, se le requiere que se designe un beneficiario para caso de fallecimiento, y con dicho contrato el beneficiario puede acudir a la Institución Bancaria y acreditar el fallecimiento y solicitar la entrega de los recursos que dicha cuenta, posea.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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