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  • Consulta : 141167
  • Autor : el_ro_ro
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  • Autor
    Respuesta No: 257224

  • el_ro_ro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Seré muy franco, en la actualidad no tengo práctica en Laboral pero lo que si me parece es que es imposible no nomás demandar, sino también emplazar a juicio al Taller porque como bien dices, no existe como persona moral, luego entocnes como no es una persona con capacidad para contratar y obligarse, tampoco puede ser representada.
     

    En mi opinion sí, debe contestar la demanda por el Patrón y hacer la aclaración que el Taller es un nombre comercial que identifica a una negociación mercantil, lo cual para nada genera personalidad juridica hacia éste.

     

    No creo que trascienda mucho la falla de su contrario porque con la suplencia a favor del trabajador y el proteccionisme de éste por la ley se solventa prácticamente toda falla u omisión en su perjuicio, pero usted si debe ser muy cuidadoso a que esa ventaja no opera para su cliente (Patrón).

     

    Espero le haya sido de utilidad, a la orden.